Una de las cuestiones que suelen plantearse a la hora de reformar una vivienda, es la de cerrar el balcón o la terraza para incorporarlos al resto de espacios vivideros, dotando así de mayor superficie útil a la vivienda. No obstante, se trata de una decisión que no debe ser tomada a la ligera, pues existen algunos factores a tener en cuenta sobre los que reflexionamos a continuación.
En primer lugar, se debe verificar la legislación aplicable, tanto a nivel de comunidades de propietarios como a nivel de normas y ordenanzas urbanísticas de carácter municipal, ya que no siempre constituye una actuación para la que se permita obtener licencia urbanística (licencia de obras).
Se han de verificar los parámetros urbanísticos referentes la ocupación de la edificación, retranqueos, aprovechamiento urbanístico y, en general, todos aquellos que establezcan limitaciones en la edificabilidad del inmueble. Es fundamental la justificación de que, con la actuación de cerramiento de balcón, se seguirían cumpliendo tales parámetros urbanísticos ya que, un cerramiento de balcón, habitualmente conlleva aumentos de edificabilidad.
En el caso del término municipal de Murcia, la legislación distingue entre varios casos en función del grado de compatibilidad con la normativa urbanística. En este sentido, puede ser requerido un proyecto unitario de fachada que garantice una única solución para todos los cerramientos de balcón, asegurando un aspecto homogéneo de la misma y estableciendo además la obligación de que los cerramientos de balcones que se realicen posteriormente, respondan a la solución proyectada.
También puede ser requerido un estudio energético que justifique la reducción de la demanda energética del edificio. En cualquier caso, se precisa un estudio pormenorizado de la fachada a tratar, tanto a nivel estético como técnico y, siempre teniendo en cuenta que la fachada es un elemento de carácter comunitario que no afecta exclusivamente a la vivienda a reformar.
No obstante, existen ciertos tipos de cierres que la normativa no considera cerramientos en su estricto sentido, que no distorsionan la imagen de la fachada de forma significativa y que no aumentan la edificabilidad. Son las llamadas cortinas de vidrio o cortavientos, formadas por paneles plegables de vidrio sin carpintería ni persianas.
A todo ello, hay que sumarle que, en ningún caso, se pueden autorizar cerramientos de balcón o terrazas que menoscaben las condiciones de habitabilidad, salubridad e higiene (iluminación, ventilación, etc.), es decir, se deben garantizar las condiciones técnicas expresadas en el Código Técnico de la Edificación.
El segundo aspecto que se debe tener en cuenta a la hora de cerrar un balcón o terraza es la orientación y comportamiento bioclimático. Es muy importante estudiar el soleamiento del edificio y a qué horas del día recibe el sol con mayor intensidad ya que, lo que en invierno en climas mediterráneos es una ventaja, puede ser un problema en verano por el efecto invernadero y ganancias de radiación solar innecesarias. Dicho análisis tendrá por objeto determinar si es necesaria la instalación de dispositivos de protección solar como lamas, toldos, contraventanas, etc.
En el caso de Murcia, este aspecto es especialmente importante porque puede llegar a empeorar el comportamiento energético de nuestra vivienda y, en consecuencia, obligarnos a invertir más en aire acondicionado. Por el contrario, si se diseña el sistema adecuado para cada fachada, se pueden conseguir aumentos en el grado de aislamiento, mejorando así la calificación energética.
Otros criterios que afectan al comportamiento bioclimático están relacionados con los materiales de carpintería y vidrios, así como con sus prestaciones específicas. Cada material presenta sus particularidades: en general, el aluminio permite una perfilería de menor tamaño, además de una amplia gama de colores y acabados, mientras que el PVC garantiza una mayor resistencia y estanqueidad al aire, a cambio de menos posibilidades de acabado. Respecto al vidrio, se deberá analizar la necesidad de instalar vidrios bajo emisivos para el control de la incidencia de la radiación solar.
En conclusión, los cerramientos de terrazas y balcones implican una serie de ventajas, como el aumento de la superficie de alguna estancia de la vivienda o la posibilidad de la mejora energética, y una serie de inconvenientes para cuya prevención se debe estudiar detalladamente la solución adecuada y materiales a emplear.
Por todo ello, se hace indispensable la intervención de un equipo técnico que garantice que la solución proyecta es la óptima bajo criterios técnicos, urbanísticos, estéticos y legislativos que, además, aseguren el cumplimiento de las exigencias del Código Técnico de la Edificación en cuanto a salubridad, seguridad de utilización, protección contra el ruido y habitabilidad.
En Fáctica servicios técnicos, no sólo redactamos toda la documentación técnica necesaria en cada caso con todas las garantías ( certificados de eficiencia energética, informes de evaluación de edificio, memorias técnicas etc.), sino que además tramitamos la subvención sin ningún coste para el/los propietarios.
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